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SAYCO, ¿CON LOS MÚSICOS O CONTRA LOS MÚSICOS?


Entrevista y análisis Exclusivo
Archivo 2012
Radio Subterránica Ingeniería Artística, Colombia.

El día comenzó temprano porque la cita era a las 10 de la mañana. Llegamos puntuales porque la entrevista debía ser con el señor Jairo Ruge, Gerente General de la Sociedad de Autores y Compositores, Sayco. Pero como toda persona que tiene un cargo importante en este país, estaba en "reunión", así que designó a la joven abogada Yeny Rocío Suárez, que para mí grata sorpresa es una abogada especializada en derechos de autor, profesión de la cual casi no existen representantes en Colombia. Al final, el resultado fue mejor de lo esperado, la conversación la tendría con una de las personas que está empapada en todo el rollo de Sayco.

El problema con Sayco es que hay muchos músicos que piensan que esta es una entidad pública, un monopolio legal, una organización que recoge lo de todos y reparte sólo para unos cuantos, miremos qué hay de cierto y qué no en todo esto. Y cómo están tratando al igual que toda la industria discográfica de adaptarse a los nuevos tiempos, al movimiento creciente de la música independiente sin perder el lucro económico que esto significa a pesar de que la organización Sayco es "sin ánimo de lucro".

Sayco es una sociedad de gestión colectiva de derechos de autor que representa a titulares de diferentes tipos de obras protegidas por el derecho de autor, tales como autores y compositores de música, libretistas, guionistas, entre otros. Según ellos, administran cerca del 98% del total de la producción del repertorio musical del país. ¿Cómo lo miden? No lo sé!!!

Felipe Szarruk: ¿Sayco es una entidad privada o es una entidad oficial?

Yeny Rocío Suárez: Es una entidad privada, pero por el tipo de derechos que manejamos somos la única empresa que cumple con los requisitos para ser recaudadora de derechos de autor, por eso nosotros enfatizamos que somos la única entidad avalada y legitimada por el Estado. Hay muchas otras entidades pero esas no están respaldadas como entidades de gestión colectiva, Sayco tiene un régimen especial que lo define la ley 44 del 93.

FS: ¿Qué hace especial a Sayco, por qué otra editora no puede recaudar?

YRS: Las editoras son entidades diferentes, nosotros no somos titulares de derechos, nosotros representamos a los titulares de derechos, esas otras entidades son dueños de derechos de autor que nosotros recaudamos.

FS: ¿Pero la ley colombiana me permitiría a mí como ciudadano fundar otra sociedad como Sayco aparte?

YRS: Claro que si, desde que cumpla los requisitos.

FS: ¿Y por qué eso no se ha hecho?

YRS: Porque la experiencia confirma que sólo una es suficiente, nosotros manejamos el 98% del repertorio nacional e internacional, ya sea directamente con los socios o con convenios internacionales. Nos han catalogado como una de las mejores sociedades del mundo. Sayco no es un monopolio legal, la fortalece que los autores han confiado en ella. Cada vez que un autor ingresa, el repertorio se va fortaleciendo, Sayco se va volviendo más fuerte.

F.S: Pero eso suena a monopolio, ¿Sayco tiene alguna competencia?

YRS: Cualquier autor que en Colombia quiera hacer lo mismo de manera individual lo puede hacer. Pero otra entidad que represente el 98% del repertorio mundial no la hay.

F.S. ¿Pero por qué el Estado no ha querido nunca darle el aval a otra organización para que sea recaudadora de derechos como ustedes?

YRS: Porque nunca los han cumplido, sí ha habido personas y organizaciones que han tratado pero nunca han logrado cumplir todos los requisitos, si lo hicieran, el Estado tendría que darles el aval. Hay una proliferación en Colombia de entidades sin aval que están cobrando derechos de autor, son entidades de "esquina" esa situación perjudica a los autores y a los usuarios.

F.S: ¿Por qué ustedes cobran un monto a un bar por ejemplo, si tal vez ese bar no coloca exclusivamente canciones representadas por Sayco-Acimpro o incluso podría no poner ninguna de sus socios?

YRS: Nosotros tenemos una representación de autores nacionales e internacionales, cobramos por nuestros artistas, por nuestros autores. Si un bar o una organización demuestra que no pone esa música, nosotros lo que hacemos es expedir un paz y salvo, pero si el lugar paga la cuota establecida puede usar la música de todos nuestros artistas.

F.S: Pero ustedes nunca miden cuántas canciones son de Sayco y cuantas no, solo le cobran a todos.

YRS: Nosotros fijamos un precio basado en que administramos el 98% del repertorio mundial y los promedios que eso significa en la música que se coloca.

F.S: ¿Por qué es bueno para mí como músico estar es Sayco?

YRS: Porque es una forma de recaudar tus derechos, de que además de que te paguen la presentación como intérprete, puedas también tener un recaudo por ella como autor. Adicionalmente tienes otros beneficios que debería cubrir el Estado pero no lo está haciendo, como la seguridad social, seguro funerario, entre muchos más.

F.S: ¿Por qué un actor que yo conozco (Omitimos el nombre) es socio de Sayco si la entidad para ser socio pide el respaldo de las 20 obras que se solicitan estén en el mercado, este respaldo debe ser comprobable, cómo es posible esto?

YRS: Tendría que ver, pero para ser socio hay que cumplir con los requisitos. Lo que pasa es que con el tiempo los requisitos han cambiado

F.S.: Sí pero el Fútbol también ha cambiado y ya no juegan los que jugaban hace 30 años, las reglas cambian para todos. ¿Por qué Sayco tienen entre sus socios gente que no cumple con estos requisitos de hoy en día?

YRS: llevamos 65 años en el mercado, cuando comenzamos no existían estos requisitos, estos se van desarrollando de acuerdo a la necesidad de la sociedad y nosotros comenzamos a regirnos de acuerdo a las reglas de otras sociedades del mundo. Un socio que ya es afiliado, ya es afiliado, no lo podemos perder, pero la obra tiene que generar para recaudar.

F.S: O sea que una persona como la que nombro, no recibe dineros de Sayco.

YRS: Si la obra no suena, no genera, ¡no!

F.S: ¿Si yo soy músico y soy el titular de los derechos, por qué no puedo tocar gratis donde quiera, ceder mis derechos, como le pasó a Juanes en Medellín?

YRS: El caso de Juanes fue diferente porque él le había cedido los derechos a una editora que era Peer Music y esta editora era quien tenía que hacer la gestión ante la sociedad y no la hizo. Juanes no era el dueño de sus derechos sino la editora. Pero un músico si puede ceder sus derechos pero debe gestionar el permiso ante la sociedad, nosotros no lo recomendamos pero sí se puede hacer.

F.S: ¿Es decir, el problema fue de Peer Music?

YRS: Claro, eso nosotros tratamos de demostrarlo pero con el despliegue de medios que hubo fue imposible y quedamos como malos nosotros. Además Juanes se había reservado un porcentaje de esos derechos y él es socio BMI y esa entidad nunca nos dijo que él había renunciado a esos derechos.

F.S: ¿Qué pasa en los casos en que la situación es por ejemplo la entrega de premios Subterránica (por poner un ejemplo) en donde nadie gana, se le va a hacer un reconocimiento al músico, el músico no cobra, es un evento privado, en la entrada no se cobra, por qué ustedes sí cobran?

YRS: El músico acá debe gestionar una carta para informarnos a nosotros que va a ceder sus derechos durante una presentación de estas, son casos especiales, pero el músico debe avisar a la sociedad, porque es Sayco quien expide un certificado a beneficio del autor.

F.S: Hay muchos músicos que no quieren a Sayco, que no tienen una buena impresión

YSR: Desafortunadamente cargamos un lastre desde hace muchos años porque algunos piensan que no se gestiona, que no se paga, etc. Pero ahora nos tienen como te decía de ejemplo latinoamericano y es precisamente por la gestión que hemos desarrollado.

F.S: Yo pienso que en las épocas que estamos viviendo en donde la Internet es el principal medio de promoción para los artistas emergentes, ustedes deberían validar como una prueba fehaciente de que la obra está siendo explotada, las descargas digitales y las páginas Web, en el caso de sus socios claro está, que ahora el disco no es negocio.

YSR: Nosotros lo que pedimos es un soporte original, puede estar en cualquier lugar, pero deben traer un CD con buena presentación, bien elaborado.

F.S: La forma que tienen los músicos independientes de comercializarse y promocionarse actualmente es a través de Internet, hay fenómenos masivos que han nacido en Internet, en Colombia tenemos a "Esteman" por ejemplo, en El Salvador a "King Flyp", estas bandas usan las estaciones on line para su promoción, conozco casos en los que Acimpro está cobrando un salario mínimo mensual a estaciones on line que no generan un peso, que lo hacen por amor al arte y el músico se beneficia de esta promoción, por qué se cobra esto si se está generando la señal desde un servidor de los Estados Unidos que en algunos casos se pagan derechos de autor y en otros es señal abierta como Ustream, Shoutcast, etc?

YSR: Si la estación tiene el certificado de que está pagando derechos de autor no hay problema, la legislación no se guía por la ubicación del servidor sino por dónde se encuentra el responsable. Si el responsable está acá en Colombia la responsabilidad de pagar los derechos de autor está acá en Colombia.

F.S: ¿Cómo manejan la legislación para radios On Line?

YSR: Los derechos de autor se generan por cualquier medio, la radiodifusión análoga es fácil de calcular, pero la de Internet no, por eso es que hemos manejado las tarifas mínimas para este tipo de estaciones.
F.S: Si, pero si hablamos de una estación profesional es válido, pero si hablamos de la estación on line de Pepito Pérez o cualquiera que no genera dinero si no lo hacen por amor a la música y únicamente por darle difusión al artista, no es justo ese cobro.

YSR: Cuando creas una estación inviertes en el computador, la luz, el servicio de Internet, así mismo debes invertir en el pago de derechos de autor.

F.S: Si pero los precios para una estación on line son un sueldo mínimo al mes, eso no lo genera ahora ninguna estación on line

YSR: Son tarifas mínimas que ha estipulado la organización. No importa de donde sean los servidores, si el responsable está en Colombia debe pagar los derechos. Igualmente con las licencias Creative Commons, nuestros socios no pueden tener una licencia de estas porque ellos firmaron un documento, un contrato con la editora.

F.S: Me parece que el tema de Internet es algo en lo que aún están enredados, es un tema por el que queda mucho por legislar. Hablemos de los premios Sayco que hicieron este año, vi que en todas las categorías premiaron a los mismos de siempre, menos en la categoría Rock, ¿Quién fue el ganador?

YSR: Gatoblanco

F.S: ¿Basado en qué?

YSR: En los reportes de los medios del país, quienes apuntaron que Gatoblanco es la banda de rock que más sonó

F.S: Con mucho respeto con los de Gatoblanco que es una banda excelente, y como conocedor y actor del rock nacional, por qué no una banda que suenan mucho más como The Mills, Frankie Jazz, Pornomotora, que también pertenecen a Sayco ¿Cómo fue esa medición?

YSR: Eso es lo que decían los reportes, es que como tú mismo dices, eso es muy difícil de medir, pero Sayco ya hizo una inversión en un software que comenzará a operar desde el otro año que mide automáticamente todas las reproducciones.

F.S: Bueno, te agradezco mucho la entrevista, gracias por tomar el tiempo de atenderme.

YSR: No hay problema acá a la orden, dame un minuto para que alguien te acompañe a la puerta.

Conclusiones:

Para comenzar hicimos contacto con un representante de Peer Music Colombia a quien le preguntamos por el caso Juanes, él nos explicó que no son dueños de los derechos de ejecución pública de Juanes, y que en el caso de Medellín se trataba de Ejecución pública, para eso quien debía dar la autorización era BMI, la editora de Juanes en los Estados Unidos. Sayco era la responsable de cobrar estos derechos o de verificar que Juanes los había cedido. El representante de Peer Music dice que una editora es suficiente para un músico, que puede estar afiliado a las dos partes, es decir a Sayco y a la editora porque son encargadas de recolectar diferentes derechos. Sayco por ejemplo puede únicamente recaudar derechos de ejecución pública, Acimpro los derechos de reproducción y la editora los demás derechos como de sincronización y otras. En el caso de que el artista no pertenezca a Sayco sí se puede cobrar los derechos de ejecución pública; en este caso la editora sería la auditora de Sayco.

Tenemos que recalcar entonces que Sayco puede cobrar únicamente por las ejecuciones públicas de sus socios y no cualquier ejecución pública, únicamente por las de las canciones que estén registradas y maneje la asociación, al igual que Acinpro, pero en el área de reproducción. Los músicos siempre serán los titulares de estos derechos y pueden renunciar a ellos en el momento en que lo decidan.

Según la posición de Sayco, ellos desconocen licencias como Creative Commons para sus afiliados y esto no debería pasar, ya que este tipo de licencias son aceptadas universalmente y se han creado precisamente para darle un orden a lo que es Internet y su maraña de información. Sayco aún está enredada al igual que muchas empresas de música sobre cómo salir adelante y mantener el negocio que tuvieron durante años, pero la verdad es que el mundo avanza y hay que montarse en el tren, si no el tren los va a dejar. Por más que traten de cobrar y detener la tecnología, mejor dicho de fiscalizarla, no van a poder, porque esta se expande. Miren la industria del cine y la TV, miren las disqueras, estos modelos hay que cambiarlos.

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